lunes, 16 de agosto de 2010

Beneficios del Nuevo Código de Consumo

El nuevo Código de Protección y Defensa del Consumidor aprobado la última semana por el Congreso quedó listo para ser promulgado por el Ejecutivo. Si bien este busca proteger los derechos de los consumidores, sus alcances deben ser ampliamente difundidos para su real aplicación.

A continuación algunos ejemplos de los beneficios que en la práctica trae:

Libro de reclamaciones:

Podrá ser físico o virtual y los reclamos serán remitidos al Indecopi.

Redondeo:

Las donaciones del vuelto (que reciben los principales supermercados) no podrán ser utilizados por los proveedores como gasto para el Impuesto a la Renta.

Contratos:

Se consideran cláusulas abusivas las que permiten al proveedor suspender, prorrogar o renovar un contrato de manera unilateral.

Restaurantes:

Se prohíbe cobrar montos adicionales a la lista de precios como el concepto de cubiertos. Solo podrán cobrar el recargo al consumo (mozos).

Servicios telefónicos:

Se podrá acumular el saldo no utilizado (segundos/minutos) de las tarjetas prepago, sin límite de tiempo.

Transporte:

Si una persona no puede viajar por algún motivo, podrá endosar o transferir su boleto a terceros sin recargo. Tendrá 24 horas de anticipación para hacerlo.

Colegios:

Los centros educativos privados deberán informar al padre de familia con meses de anticipación sobre los pagos que este deberá desembolsar en su momento.

Asimismo, se ha reducido el plazo para que Indecopi resuelva un reclamo, de 180 a 30 días. Además, las empresas tendrán 180 días de plazo, desde la publicación de la norma, para adecuarse a la disposición de brindar la información necesaria en las etiquetas de sus productos. Esto, en cuanto al contenido de transgénicos o de grasas trans.

El código entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en “El Peruano”.

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